Beneficios fiscales
¿Sabias que las donaciones a las fundaciones tienen grandes beneficios fiscales?
Por ejemplo: Si donaras 250€ a La Sonrisa de la Esperanza:
Nosotros recibimos 250€
En la declaración de la renta te deduces 200€
Tu gasto real es de 50€
Los beneficios fiscales dependen de si eres persona física o jurídica y de tu lugar de residencia.
Pais Vasco y Navarra tienen normas especiales
Deducciones fiscales por donativos a ONG
(Fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002)
*** Consultar deducciones dependiendo de la Comunidad Autónoma
País Vasco y Navarra
Deducciones en el País Vasco
Personas físicas (IRPF)*
- Álava: Entre el 30 y 35% deducción de la cuota íntegra.
- Vizcaya: Entre el 30 y 35% deducción de la cuota íntegra.
- Guipúzcoa: 20% de su donación. La base de la deducción no podrá exceder del 30% de la base liquidable de este impuesto.
Personas jurídicas ( Impuesto de Sociedades)*
Consultar normativa.
Deducciones en Navarra
Personas físicas (IRPF)*
- Deducción de la cuota del impuesto el 80% de los primeros 150 euros de las cantidades donadas.
- Los importes superiores a 150 euros tendrán derecho a una deducción del 35%.
Personas jurídicas ( Impuesto de Sociedades)*
Consultar normativa.
Normativa aplicable
Araba
Norma Foral 35/2021 DE 23 de diciembre, Arts. 22 y 23.
*Las deducciones están sujetas a limitaciones. Consultar normativas.
Bizkaia
Norma Foral 4/2019 de 20 de marzo, Arts. 22 y 23.
*Las deducciones están sujetas a limitaciones. Consultar normativas.
Gipuzkoa
Norma Foral 3/2004 Art. 21 y 22.
*Las deducciones están sujetas a limitaciones. Consultar normativas.
Navarra
Norma Foral 10/96
Disposición adicional Décima.
*Las deducciones están sujetas a limitaciones. Consultar normativas.